El presidente del Olimpia de San Roque González, Adolfo Ruíz Díaz, presentó protesta contra el equipo del Teniente Rojas Silva por un partido que disputaron ambos clubes el pasado 8 de junio. Según la queja de Olimpia, el otro equipo no presentó certificados médicos de sus jugadores.
El encuentro deportivo se desarrolló en el marco del campeonato de la División de Honor de la liga local, y culminó con una victoria del Teniente Rojas Silva por 1-0.
La queja del Olimpia fue presentada a la liga local, pero como la institución deportiva no tiene integrada una comisión disciplinaria, la protesta fue remitida a la Liga Regional de Fútbol de Paraguarí, que admitió el reclamo del Olimpia y dispuso la pérdida de puntos del Teniente Rojas Silva y la adjudicación de los mismos al Olimpia.
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La presidenta del Teniente Rojas Silva, Eva Graciela Figueredo, apeló la decisión y el caso pasó a la Comisión de Apelación de la Federación de Fútbol de Paraguarí, integrada por su presidente, Blás Molinas y los miembros Osvaldo Patiño y Carlos Cardozo.
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Admiten apelación del Tte. Rojas Silva
Esa comisión declaró admisible el recurso de apelación presentado por el Teniente Rojas Silva y revocó en todos sus puntos la decisión adoptada por la Comisión Disciplinaria de la Liga Regional de Fútbol de Paraguarí.
La Comisión de Apelación asumió dicha determinación atendiendo la resolución N° 08/2024 de fecha 5 de abril de 2024, en la cual la Comisión de Asuntos Reglamentarios de la Federación, resolvió homologar el reglamento del Campeonato de la División de Honor de la Liga Roque Gonzaleña de Fútbol.
Es decir, sus miembros decidieron que el campeonato de dicha liga se juegue nada más con la presentación la nómina de jugadores a disputar los partidos del campeonato, avalada por un médico, y no el certificado médico de cada jugador como exige la UFI y la Ley de Deporte.
Transgreden disposiciones
La determinación asumida por la Comisión de Asuntos Reglamentarios de la Federación Regional de Paraguarí, supuestamente trasgrede la resolución número 8/2017, que dispone la obligatoriedad de la presentación del certificado médico de los jugadores en todas las modalidades y categorías; y la disposición número 9/2017, que establece la presentación de certificado médico de cada jugador. refiere la queja del Club Olimpia.
Además, el Olimpia exige que los directivos del deporte actúen de acuerdo a lo que dispone la Ley del Deporte, que en su artículo 66 establece que la licencia deportiva estará subordinada a un certificado médico donde conste la ausencia de contraindicaciones para la práctica de actividades físicas y deportivas.
Además, en su artículo 67, señala que las federaciones deportivas velarán por la salud de sus deportistas con licencia y tomarán a ese efecto todas las medidas necesarias, especialmente en lo concerniente a los programas de entrenamiento y el calendario de competiciones deportivas.
El club Olimpia presentará mañana una apelación de recurso extraordinario de revisión ante la la secretaría de la Federación de Fútbol de Paraguarí, y la UFI finalmente deberá definir si otorga o no los puntos a Olimpia.