Por unanimidad los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvieron la apertura de la causa a prueba en el juicio contra la fiscal Stella Mary Cano, agente de la Unidad Penal N° 3 de Sede 1 Capital, por presunto mal desempeño de funciones en la causa caratulada “Fernando Román Fernández y Orlando Benítez Barboza s/ Estafa y otros”, en el caso Mocipar.
Esto significa que en un plazo de 20 días el JEM estudiará la pertinencia de las pruebas ofrecidas tanto por la fiscal acusadora Carmela Ramírez como por la defensa de la agente del Ministerio Público enjuiciada, y su posterior diligenciamiento por su orden, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley N° 6814/2021 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de Quiebra”.
Una vez cumplido dicho plazo el colegiado resolverá si admite o no los elementos probatorios ofrecidos por las partes, entre ellos la declaración testimonial de la señora Mirna Alfonso de Benítez, vocera de las víctimas de Mocipar, y la publicación de nuestro diario, titulado “Ministro de Corte califica de vergonzosa gestión de fiscala y pide que el JEM la investigue”.
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El juicio contra la fiscal Stella Mary Cano inició con las auditorías de reacción inmediata, remitidas por la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que auditó el expediente “Fernando Román Fernández y Orlando Benítez Barboza s/ Estafa y otros”, a pedido del ministro Gustavo Santander Dans.
Actuación de Stella Mary Cano facilitó “blanqueo”
La Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional de la CSJ concluyó que la actuación de la fiscala Stella Mary Cano, en la causa “Fernando Román Fernández y otros s/estafa y otros”, conocida como caso Mocipar; permitió el sobreseimiento irregular de los procesados, ya que se allanó sin fundamentos válidos al pedido de extinción de la acción penal, que planteó la defensa de uno de los acusados por el caso.
La imputación fue presentada el 29 de noviembre de 2019 en contra de Fernando Román Fernández, por presunta estafa, producción mediata y uso de documentos públicos de contenido falso. También contra Orlando Isidoro Benítez, pero solo por el delito de estafa.
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La fiscala Stella Mary Cano solo imputó a estos dos directivos de la firma Mocipar y resolvió excluir de la investigación a Dany Xavier Durand Espínola, a quien el grupo de víctimas de Mocipar sindicaba como el principal responsable de la presunta estafa que sufrieron.
En el caso Mocipar se acusó, pero…
La fiscala Esmilda Álvarez había acusado a los accionistas de Mocipar para quienes pidió que enfrenten juicio oral, por los delitos de estafa y producción de documentos no auténticos. Pero en la audiencia preliminar participó la fiscala Stella Mary Cano, quien rectificó la acusación y solicitó el sobreseimiento definitivo de los procesados del hecho punible de estafa.
No obstante, la jueza de Garantías Alicia Pedrozo imprimió trámite de oposición a este planteamiento y remitió el expediente a la Fiscalía General del Estado, para que presente acusación o ratifique la postura de la agente Stella Mary Cano.
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El Ministerio Público había pedido llevar a juicio oral y público a dos directivos del grupo de automotores Mocipar, socios del exministro de Urbanismo Dany Durand, acusándolos de los delitos de estafa y producción de documentos de contenido falso.
La acusación formal es por los delitos de estafa, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de tales documentos contra Fernando Román Fernández y Orlando Benítez Barboza, accionistas de la empresa de automotores Mocipar, señalada por supuestamente estafar a varios de sus clientes.