El juez Nelson Ojeda Quintana, de Hernandarias, dispuso la prisión domiciliaria de Nelson Amarilla (36) imputado por la Fiscalía por el homicidio doloso de Darío Alberto Delgado Ortiz (51) inspector de la Patrulla Caminera, ocurrido el sábado 16 de noviembre del año pasado.
Esto, conforme con los datos proveídos por la Policía Nacional, la cual registra la “liberación” del hombre en su sistema informático. La disposición del citado magistrado se concretó al mediodía del 24 de diciembre pasado, aunque el oficio fue remitido un día antes. En otras palabras, Amarilla abandonó el penal de Ciudad del Este beneficiándose con la medida judicial para disfrutar las fiestas de fin de año rodeado de familiares y amigos.
Conforme con los datos, el ataque al puesto de control de la Patrulla Caminera, se habría dado como represalia a una multa que había pagado Amarilla tras dar positivo a la prueba de alcotest en la unidad ubicada sobre la ruta PY07, de Hernandarias. Molesto por la actuación de los inspectores, el hombre habría regresado en moto al sitio y con un arma de fuego efectuó 16 disparos, de los cuales dos alcanzaron a Delgado Ortiz, quien murió minutos después. Amarilla fue detenido días después en su casa ubicada en Presidente Franco, donde se encontraron armas de fuego y drogas.
QUE RESOLVIÓ EL MAGISTRADO
El oficio N° 1129, de Hernandarias, con fecha 23 de diciembre de 2024, que fue remitido a la Policía Nacional, del Juzgado Penal de Garantías, a cargo de Nelson Ojeda Quintana, dispuso hacer lugar a la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva en consecuencia conceder a favor del imputado Nelson Amarilla, paraguayo, casado, de 36 años, domiciliado en el barrio Santa Inés, de Presidente Franco, a las medidas sustitutivas a la prisión-arresto domiciliario, bajo las siguientes obligaciones: a) el arresto domiciliario, en su respectivo domicilio, bajo el control aleatorio de la Comisaría de dicha zona. También la obligación de presentarse ante el citado Juzgado Penal de Garantías, dentro de los primeros cinco días del (01 al 05) de cada mes, a fin de suscribir el libro que le será habilitado para rubricar su firma.
Además la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas y de portar armas, la prohibición de cambiar de domicilio mientras dure el presente proceso, y, la caución juratoria, una garantía personal que deberá prestar el imputado dentro de un plazo de 30 días.