Asunción, Agencia IP.- De acuerdo al Viceministerio de Mipymes, a partir de la reglamentación de la Ley 7444/2024, más de 360.000 micro, pequeñas y medianas empresas podrán ser parte de la base de datos actualizada y unificada, accediendo de manera automática a la cédula emitida por el Ministerio de Industria y Comercio. Cabe mencionar que, a finales del 2024, tan solo unas 13.034 Mipymes formaban parte del registro.
Con la Ley 7444/2024 que modifica la Ley 4457/2012 para el sector de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), promulgada el pasado 07 de enero, el Ministerio de Industria y Comercio a través del Viceministerio de Mipymes, a partir de la reglamentación, podrá categorizar a las empresas nuevas y existentes con Registro Único de Contribuyentes (RUC), habilitando el acceso automático a la cédula Mipymes y a su vez, a los beneficios de la Ley, debido a la conexión en línea con la Dirección de Ingresos Tributarios (DNIT), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y el Instituto de Previsión Social (IPS).
El potencial de incorporación de empresas al Registro Nacional de Mipymes (RENAMIPYMES), asciende aproximadamente a unas 360.000 que ya cuentan con RUC activo, siendo las primeras en obtener de manera directa su cédula; con los beneficios e incentivos que ofrece la nueva Ley, se espera aumentar el número de empresas sin RUC, incorporarlas a la estructura formal de producción de bienes y servicios, otorgándoles identidad jurídica en Paraguay.
A los efectos de la ley, se establecen tres categorías principales dentro de las Mipymes: Los límites de cada categoría serán conforme a la facturación bruta anual o valor de activo patrimonial a ser determinada en la Reglamentación y al número de trabajadores en caso que cuente con empleados.
¿Cómo será el proceso?
Las empresas con Registro Único de Contribuyentes (RUC) o al momento de la emisión del RUC, las personas físicas y jurídicas que se encuentren dentro de estas categorías, accederán a la base de datos a través de un Sistema, a fin de que el Viceministerio de Mipymes del MIC otorgue inmediatamente la Cédula que habilitará al acceso a los beneficios de la Ley. Este documento estará disponible en la página Web del MIC y será actualizado anualmente en línea para determinar la migración de las empresas entre las categorías o su exclusión al Registro Nacional de Mipymes.
A partir de la obtención de la cédula, las microempresas deberán contar con exoneraciones por tres años; y posterior a ello, accederán a descuentos del 75% para microempresas y el 50% para pequeñas empresas sobre todos los tributos por servicios prestados por organismos del Gobierno Central, Entidades Descentralizadas, Municipalidades, Gobernaciones y dependencias del Poder Judicial, a los efectos de incentivar la competitividad y formalización de este sector económico.
La nueva Ley 7444/2024, busca generar un clima adecuado para impulsar el crecimiento económico de las micro, pequeñas y medianas empresas, en el marco de la formalidad, el foco estará puesto en la formalización, el acceso a créditos y financiamiento, la ejecución de programas y proyectos, la digitalización, la apertura o ampliación de mercados, la orientación jurídica especializada y la capacitación y asistencia técnica.
¿Cómo es la categorización de las Mipymes?
Microempresa (MIE): Es la unidad económica que posee Registro Único de Contribuyentes, que cuenta con facturación bruta anual del ejercicio fiscal anterior, donde el propietario trabaja personalmente desempeñando simultáneamente el rol de empleador y trabajador. Puede emplear hasta diez trabajadores, incluyendo a familiares, y su facturación bruta anual o valor de activo patrimonial no excede el límite establecido para esta categoría.
Pequeña Empresa (PE): Es la unidad económica que posee el Registro Único de Contribuyentes, donde el propietario trabaja personalmente, desempeñando simultáneamente el rol de empleador y trabajador. Puede emplear entre once y treinta trabajadores, y su facturación bruta anual o valor de activo patrimonial se encuentra dentro de los límites establecidos para esta categoría.
Mediana Empresa (ME): Unidad económica con escala mayor que las anteriores y posee el Registro Único de Contribuyentes. Puede emplear entre treinta y uno y cincuenta trabajadores, y su facturación bruta anual o valor de activo patrimonial se encuentra dentro de los límites establecidos para esta categoría.