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Poder Ejecutivo promulga ley que eleva a 10 años la pena por robo de energía eléctrica

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En la mañana este viernes, el titular de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Ing. Félix Sosa, anunció la promulgación de la ley 7.300, que modifica el artículo 173 del Código Penal e impone penas más severas para quienes se dediquen a la sustracción ilegal de energía eléctrica, especialmente en el contexto de la criptominería, elevando a 10 años la pena máxima por este crimen.

El ingeniero Félix Sosa, presidente de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), informó este viernes la promulgación de la ley 7.300. Esta nueva ley modifica el Código Penal, aumentando las penas para quienes cometan el delito de sustracción ilegal de energía eléctrica. La medida busca combatir especialmente el robo de energía para actividades de criptominería.

La ley 7.300 introduce dos cambios significativos, uno de ellos es el aumento de la pena, dado que la expectativa de pena privativa de libertad por sustracción ilegal de energía eléctrica aumenta de tres años, a 10 años. También establece la incautación de los bienes utilizados en estas actividades ilícitas, que serán administrados temporalmente por la ANDE, hecho que permitirá que la empresa estatal se beneficie de la venta anticipada de estos bienes.

El presidente de la ANDE destacó que desde el 2020, en el país se registra un aumento masivo en la actividad de criptominería, con muchas instalaciones operando de manera ilegal. La mayoría de estas operaciones provienen de China. Indicó que aunque se implementaron tarifas específicas para el consumo legal de energía, las conexiones irregulares proliferan.

Robo de energía eléctrica: la ANDE denunció decenas de conexiones ilegales

La ANDE denunció 78 casos de conexiones ilegales, resultando en la incautación de más de 10.000 procesadores de datos y 52 transformadores. Sin embargo, a pesar de estas acciones, la falta de penas adecuadas permitió que los responsables eviten la cárcel.

El asesor legal aclaró que los robos en baja tensión se mantienen como estaban en el artículo 173. Es decir que el cliente en baja tensión está expuesto a una pena privativa de libertad de hasta tres años o multa. “Lo que acá se pretende es el combate directo para aquellos segmentos que consumen de manera intensiva la energía”, dijo. Añadió que en este segmento están incluidas personas que se dedican al comercio, industriales y criptominería.

El presidente Sosa agradeció al Congreso el tratamiento urgente de esta ley, que reconoce la necesidad de proteger uno de los recursos más valiosos del país: su energía eléctrica. La ANDE espera que esta nueva legislación tenga un efecto disuasivo sobre las industrias que operan ilegalmente, contribuyendo así a la salud financiera de la institución y mejorando el servicio a los clientes.

Sosa concluyó su explicación subrayando que la ley no busca criminalizar la criptominería en sí, sino atacar las prácticas ilegales que perjudican al Estado paraguayo y a la ANDE.

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