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TN PRESS

Seidhom e Imperio Parfum estarían violando criminalmente serie de Leyes sanitarias

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La DINAVISA regula la fabricación, elaboración, fraccionamiento, control de calidad, exportación, importación, distribución, comercialización y almacenamiento de los productos definidos como cosméticos. Las normas para obtener el Registro Sanitario de los productos de aseo personal, perfumes y cosméticos, fueron establecidas por el Decreto Presidencial N° 3636/20. El incumplimiento del mismo, será pasible de las sanciones, previstas en las Leyes 1119/97 y 6788/2021.

El empresario de origen extranjero Seidhom Saad y su empresa denominada Imperio Parfum S.A., operativa en Ciudad del Este, estarían violando criminalmente las Leyes sanitarias nacionales, comercializando masivamente perfumes, cosméticos y productos de higiene personal, catalogados como altamente delicados, sin las documentaciones exigidas por el Ministerio de Salud Pública (MSPBS) y la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA).

Una denuncia contra Imperio Parfum S.A., realizada por la CAIMPECO, se encuentra en Aduanas desde el 29 de mayo del 2023, y menciona que esta empresa estaría importando perfumes y cosméticos sin Registro Sanitario. La denuncia además recalca que esta firma no cuenta con medidas cautelares o sentencias emanadas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que le permitan introducir estos productos al país prescindiendo de este documento.

LEYES Y REGLAMENTOS

La Ley 1119/97 y sus reglamentos regulan la fabricación, elaboración, fraccionamiento, control de calidad, distribución, prescripción, dispensación, comercialización, representación, importación, exportación, almacenamiento, uso racional, régimen de precios, información, publicidad, y la evaluación, autorización y registro de los medicamentos de uso humano, productos químicos, reactivos y todo otro producto de uso y aplicación en medicina humana, y los productos considerados como cosméticos y domisanitarios.

En su Artículo 2º, expresa que “El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) es la autoridad sanitaria nacional responsable en todo el territorio de la República de verificar el cumplimiento de las disposiciones emanadas de la presente ley, reglamentar las situaciones que lo requieran y sancionar las infracciones que se detecten”.

La Ley 6788/2021 menciona que la DINAVISA es la autoridad responsable en cuanto a las disposiciones relativas al ámbito de su competencia, a través de la ejecución de las políticas públicas diseñadas por el MSPBS, en su carácter de rector en la materia, el desarrollo de estrategias adecuadas, la regulación, control y fiscalización de los productos considerados como cosméticos, perfumes, domisanitarios y afines, así como el aseguramiento de su calidad, seguridad y eficacia, pudiendo aplicar sanciones.

Las falsificaciones de estos productos se venden aproximadamente al 50% de lo que cuestan los originales, según se pudo determinar. Sin embargo, los productos piratas son falsificaciones burdas, según corroboró un importador oficial, que opera legalmente. Teniendo en cuenta las mercaderías distribuidas por Seidhom Saad, se maneja la hipótesis de que estas serían falsas, ateniendo a la calidad de sus frascos, en el caso de los perfumes y las lociones que son vendidas en su tienda.

Desde el local de Imperio Parfum S.A., ubicado en el Edificio Mezquita, sobre la calle Boquerón, entre las avenidas Monseñor Rodríguez y Adrián Jara, se estaría comercializando a gran escala estos productos que ingresan al territorio nacional sin la trazabilidad obligatoria y que ni siquiera cuentan con la etiqueta del importador. Esto además deja un nefasto precedente e imagen de CDE, debido a que el empresario de frontera Seidhom Saad elude “hábilmente” todos los controles sanitarios.






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