Una sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consolida la protección del lobo en toda la UE, al contestar un pleito planteado en Austria sobre esta cuestión. La resolución señala que sólo se pueden abatir esos animales si un ejemplar causa daños graves, las poblaciones del lobo se encuentran en un estado de conservación favorable y no hay ninguna otra solución satisfactoria.
La máxima instancia administrativa de la justicia comunitaria ha respondido así a una cuestión prejudicial planteada por una corte austríaca, después de que varias organizaciones de protección animal impugnasen en los tribunales austríacos una decisión del Gobierno del Estado Federado del Tirol que autorizaba el sacrificio de un lobo que había matado alrededor de veinte corderos, informa EfeVerde.
El TJUE recuerda que la Directiva Hábitats concede a los lobos “protección rigurosa” y “por consiguiente, en principio está prohibido cazarlos”.
En Austria, no obstante, algunas regiones cuentan con excepciones y es por ello que el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Tirol ha preguntado al Tribunal de Justicia Europeo sobre la validez de la prohibición de cazar lobos y, de ser adecuada, en qué circunstancias pueden concederse excepciones.
El TJUE entiende que la situación no cuestiona la protección rigurosa de los lobos en Austria y recuerda que cuando ese país ingresó en la Unión Europea en 1995 no formuló ninguna reserva sobre dicha protección ni ha solicitado después que decaiga.
“El lobo no está en situación favorable”
La corte con sede en Luxemburgo recuerda también que la UE está “vinculada por el Convenio de Berna, que protege estrictamente los lobos” y que el propio Gobierno de Austria ha reconocido que la población de lobos en ese país “no se encuentra en un estado de conservación favorable”.
El TJUE precisa que en caso de que debiera concederse una excepción a la prohibición a la caza del lobo para evitar daños graves, por ejemplo, a la ganadería, deben darse ciertos requisitos, empezando porque la población de este animal debe encontrarse en estado de conservación favorable, lo que “no es el caso” ni en la región del Tirol ni en el conjunto del país.
Además, se debe poder atribuir los daños graves “al menos en gran medida” al ejemplar del que se trate y no imputarle los daños indirectos que no sean responsabilidad de ese único lobo y “que resulten de los abandonos de explotación y de la reducción del número total de animales de cría no son suficientes”.
Por último, deberá comprobarse que “no haya ninguna otra solución satisfactoria”, teniendo en cuenta las implicaciones económicas como la protección de los pastos alpinos u otras soluciones.