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TN PRESS

DNIT ratifica exigencia del registro sanitario ante mafia de Seidhom Saad y sus importaciones ilegales

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La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), mediante dictamen, dispuso la restricción de importación de perfumes sin registro sanitario para varias empresas que introducían, vía medidas cautelares, al territorio nacional contra normas que incluso ya no están vigentes. Este esquema irregular estaría siendo encabezado por el empresario de origen egipcio, Seidhom Saad, a través de su empresa Imperio Parfum SA.

El dictamen señala que los decretos 8790/2006 y 8830/2006, que fueron declarados inaplicables en virtud de la acción de inconstitucionalidad promovida por una empresa importadora fueron sustituidos por el Decreto 2881/2014, y que posteriormente este fue derogado por el Decreto 6474/2016.

Por lo tanto, se regula la expedición de los registros sanitarios, y considerando que no surge expediente en el cual exista ninguna declaración de inaplicabilidad, la Gerencia General de Aduanas (GGA) deberá exigir el cumplimiento de las normativas vigentes. Actualmente, la cartera aduanera se encuentra a cargo de Juan Francisco Olmedo Florentín.

Desde la Cámara Importadora de Perfumes y Cosméticos (Caimpeco) celebraron la medida y solicitan que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) actué en concordancia con esta disposición. “Las medidas cautelares estaban en contra de leyes que ya no estaban vigentes y a pesar de no estar vigentes seguían importando y metiendo las mercaderías amparadas en acciones de inconstitucionalidades viejas”, sostuvo la asesora jurídica de la Cámara, Luján García de Zúñiga a Telefuturo.

En Ciudad del Este, Seidhom Saad a través de Imperio Parfum, estaría importando a gran escala tanto perfumes y cosméticos, sin el registro sanitario correspondiente, una condición obligatoria para comercializar esas mercaderías. Estos productos ingresan a territorio nacional sin la trazabilidad obligatoria, poniendo en riesgo a la población, principalmente a los turistas de compras que visitan diariamente la capital de Alto Paraná.

Esta documentación es además necesaria para determinar que, tanto la empresa como los productos importados, cumplan con los estándares sanitarios para su venta al público. Sin embargo, se presume que la investigación preliminar iniciada sobre las conexiones y las rutas del contrabando fueron cajoneadas para proteger este esquema mafioso, que estaría siendo comandado por el empresario extranjero.

Cabe señalar que actualmente una denuncia realizada por la Caimpeco se encuentra en la Gerencia General de Aduanas (GGA), atendiendo a que Imperio Parfum SA no cuenta con medidas cautelares o sentencias emanadas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que le permitan la importación de los aludidos productos prescindiendo del registro sanitario, además de otras documentaciones exigidas como por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA).






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